Martes, 09 Marzo 2021 10:49

Condenados por rapiñar comercios en Flores

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Tras dos rapiñas perpetradas a comercios en el departamento de Flores se puso en marcha una investigación. 

Los individuos llegaban en una moto con sus rostros cubiertos, uno ingresaba armado y exigía el dinero de la recaudación, mientras que el otro aguardaba afuera y luego huían del lugar.

Tras una investigación se logró identificar a los presuntos autores y se montó una vigilancia en varias viviendas, solicitándose órdenes de allanamiento.

En la tarde del 1º de marzo, se realizaron cinco allanamientos en la ciudad de Trinidad desde donde se incautaron un casco, vestimenta y una bicicleta.

A raíz de información recabada posteriormente se concurrió a un hotel ubicado en el kilómetro 188 de la ruta 3, próximo al arroyo Sarandí, donde se encontrarían los implicados.

Una vez en el lugar, y con la autorización del propietario, se ingresó a la habitación donde estaban alojados y se constató que se habían fugado recientemente dado que había dos celulares, cervezas y cigarros entre otros objetos.

Inmediatamente se extendió la búsqueda hacia unos cañaverales y montes contiguos.

Durante la misma uno de los hombres intentó huir efectuando disparos contra los efectivos policiales, quienes los repelieron y lograron detenerlo e incautarle un revólver calibre 22 corto con cuatro municiones y 17.691 pesos uruguayos, no resultando nadie herido. El otro individuo fue detenido escondido en los cañaverales incautándosele 12,4 gramos de pasta base.

Puestos a disposición de la Justicia se condenó a M.H.L.U. de 34 años “como autor responsable de dos delitos de rapiña especialmente agravados, un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones y un delito de disparo con arma de fuego en régimen de reiteración real a la pena de siete años de penitenciaría con privación de libertad y de cumplimiento efectivo”.

Respecto a Luis Brayan Carbajal Baladan de 27 años, poseedor de seis antecedentes penales, fue condenado “como autor responsable de un delito de tenencia no para consumo de sustancias estupefacientes a la pena de dos años y seis meses de penitenciaría con privación de libertad y de cumplimiento efectivo”.